Mas allá del Tsunami: Tuición, ley y transformación del Borde Costero
Ha sido el tiempo de conmemorar y rememorar. El recuerdo colectivo a un año del 27F y la catástrofe en desarrollo de Japón 11M nos han invitado nuevamente a revisar las experiencias individuales y la capacidad de reacción social, institucionalizada o no, que como país hemos sido capaces de iniciar, no sin miradas disímiles, observando en ello nuestro particular modo de evaluar y debatir la reacción a la emergencia e ir asumiendo la adecuada y perfectible misión de reconstrucción material, que también alcanza la instalación de una cultura sísmica, con adecuaciones institucionales y normativas.
Vemos en un par de días de despliegue mediático un sistema de alerta plenamente operativo, con un SHOA hiper-reaccionante a un evento que 22 horas después arribó a nuestras costas, asegurando un servicio preventivo pleno, eficiente y efectivo. No obstante, suena relativamente fácil exponer de este modo una capacidad instalada, cuando hace sólo un año en las condiciones propias de un terremoto, no sólo se perdió la capacidad de utilizar equipos de comunicación y alerta por falta de energía y redes, sino que además el personal se encontraba ausente o incapacitado para tomar desiciones inmediatas. Sabiendo además que en Japón la televisión logró levantar una alerta de terremoto 2 minutos antes del evento, cabe preguntarnos quién debe verdaderamente transferir experiencias, como también cuánto es el dinero invertido en sistemas que permitieron la anticipación y en definitiva, poner vidas a resguardo en un escenario verdaderamente desfavorable. Aunque esta vez no profundizaremos en discutir el presupuesto de la Nación, parece oportuno iniciar una pesquisa de los millonarios presupuestos destinados a una misión incumplida, probablemente poseedora de una rentabilidad social muy superior a la de un par de fragatas de última generación.
Dentro de este contexto, que pronto se tornará experiencia, nuestros bandos políticos, sin centrarse en el verdadero fondo del problema, intentan superar una infructuosa definición terminológica entre “el entregar” o “el asignar” un subsidio, cuando pudiesen estar relevando otras medidas de mediano y largo plazo, sin lugar a dudas más interesantes. Focalizando sobre la franja costera, veremos innovadores intentos de la autoridad por plantear soluciones que eviten la repetición de errores, de exponer nuevamente a los habitantes, bienes privados y públicos al peligro destructivo, en un raciocinio correcto de que si podemos aminorar el daño deberemos ser decididos en evitar emplazamientos peligrosos, paralelo a una inversión que permita operativizar un sistema de alertas y evacuación, promoviendo el estreno de nuevas obras de mitigación validadas bajo los criterios de sustentabilidad económica, ambiental y social.
Luego de la merma en la atribución municipal para completar y extender calles, las expropiaciones de terrenos de borde costero (y la caducidad anticipada de concesiones o destinaciones marítimas) surgen como una acción correctiva, con el ruido de los habitantes re-emplazados y un reactivo compromiso de la autoridad por compensaciones adecuadas, actividades reguladas, subsidios a la protección y obras de mitigación con la declarada imposibilidad de comercialización de los paños liberados.
Pero este proceso de ajustes tiene otros antecedentes normativos que permiten revisar la institucionalidad y de como podría evolucionar para asumir este renovado control permanente. Sabiendo que hoy esta atribución estatal se encuentra instalada en la Armada, puntualmente en la Subsecretaría de Marina, la normativa vigente sobre los bordes costeros y su política nacional (D.S.(M) Nº475, de 1994) venían demostrando cierta operatividad, que quedaba sub-utilizada ante la superposición de sectores urbanos, infraestructuras portuarias o territorios de propiedad privada anteriores a su vigencia, con más de cuarenta reparticiones públicas facultadas con atribuciones regulatorias sobre ella1 . Entendiendo que el resguardo ante la catástrofe y la fiscalización pueden ser aplicados bajo tutela del conglomerado jerárquico militar -no olvidar, mandatado por la autoridad civil-, cuesta entender que bajo una mirada que prioriza exclusivamente criterios defensivos, se concentren a la vez la planificación territorial de tan delicada y demandada franja, eludiendo una mayor integración y diversificación disciplinar propias de tal tarea.
Un gran trabajo que recién se inicia: bajo un Estado hegemónico en el cumplimiento de leyes y normas, los desafíos se irán expandiendo por el territorio nacional, acomodándose a las diversas configuraciones logradas. A modo de ejemplo excepcional, la experiencia previa y poco comprensible de toma masiva de “segundas viviendas” en Puerto Viejo (Atacama), cabe preguntarnos: ¿Cómo y cuando será regulada la ocupación de esta particular zona inundable?
En definitiva, la coyuntura del tsunami permite la mirada correctiva más allá de la emergencia, de la franja de 80 metros “sobre la línea de más alta marea histórica” que rige a todos los frentes de agua de Chile, en mares, ríos navegables y lagos. El transversal atractivo del borde costero para actividades de ocio y negocio continuará permanente, y requerirá una adecuación de competencias, que no sólo faciliten el avance en las adecuaciones que su ocupación exige, sino también en ampliar el espectro de una misión planificadora compleja, tanto en su propia dinámica como en la manera múltiple con que debe ser abordada.
- Arenas, Federico; Cáceres, Gonzalo. Ordenamiento del Territorio en Chile, Desafíos y Urgencias para el tercer Milenio, Ediciones Universidad Católica de Chile, 2001 [↩]
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