Palacio Pereira: “Una historia emblemática de nuestra acción errada sobre el patrimonio”
Declaración del Comité de Patrimonio del Colegio de Arquitectos:
Respecto a los acontecimientos acaecidos en torno al palacio Pereira, el Comité de Patrimonio del Colegio de Arquitectos se ve en la obligación ética y profesional de emitir su preocupación por los lamentables hechos que pueden perjudicar irreversiblemente uno de sus más preciados monumentos en el centro de Santiago. Además, en respuesta a la carta publicada en Plataforma Urbana por parte del Arquitecto Gonzalo Martínez, se aclara que el Colegio de Arquitectos visitó el Monumento en Enero del Año 2010 en compañía del Consejo de Monumentos y por invitación del arquitecto, confirmando lo valioso de su configuración interior.
Más allá de las modificaciones que han desarrollado sobre el proyecto que el Comité conoció, este sigue siendo una torre de 23 pisos sobre el monumento y es éste el concepto esencial al cual nos oponemos. Cabe además señalar que las luminosas imágenes interiores que se publican en distintos medios no corresponden a la realidad, como es lógico, pues una torre ubicada en el sector norte del Monumento obstaculiza la entrada de la luz natural a través de su crucero central.
En relación a la reciente resolución por parte la Contraloría, donde ésta dictamina que una normativa local no puede imponerse sobre inmuebles protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales, la consideramos inadmisible, en primer lugar debido a que el espíritu de dicha ley es proteger el patrimonio nacional, por lo tanto, no puede ser más permisiva que la norma local, y en segundo lugar por no estar incluida en la Ley de Monumentos Nacionales la aprobación de un anteproyecto.
Si bien estamos de acuerdo que el Patrimonio debe ser utilizado para que se mantenga vivo, una mala intervención puede llegar a destruir un monumento. Las cartas y convenios internacionales establecen los criterios manejados a nivel mundial, donde nos indican claramente cómo se debe intervenir este tipo de edificios. El monumento es una obra de arte a ser intervenida con delicadeza y de manera que no desvirtúe su naturaleza y proporción.
Las Carta de Venecia de 1964, convención mundial que reconoce la responsabilidad de la humanidad en protección y restauración de los monumentos, indica que La conservación y restauración de monumentos tiende a salvaguardar tanto la obra de arte como el testimonio histórico. La restauración es una operación que debe tener un carácter excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los valores estéticos e históricos del monumento y se fundamenta en el respeto a la esencia antigua y a los documentos auténticos.
La Carta de Quito de 1967, informe de criterios en la utilización y conservación del patrimonio, plantea que La puesta en valor del patrimonio consiste en habilitarlo con las condiciones objetivas y ambientales que, sin desvirtuar su naturaleza, resalten sus características y permitan su óptimo aprovechamiento.
Claramente una torre aunque sea de cristal de 23 pisos, en el centro del edificio no es una intervención adecuada, ésta va en detrimento del monumento. Y si bien es evidente que las alturas a las que han llegado los edificios en el centro histórico han provocado un “aplastamiento” de nuestro patrimonio, con mayor razón ocurrirá si el edifico nace al interior del monumento, como es en este caso.
Además de los referentes anteriores, está abundantemente documentado en distintas cartas y documentos a nivel del diseño de restauración, el cómo se debe intervenir sobre los monumentos, estableciendo los criterios con los cuales se deben intervenir:
El criterio de la intervención mínima.
El criterio del respeto de la autenticidad.
El criterio de la evidente diferenciación entre lo existente y lo restaurado.
La posibilidad de la reversibilidad en la intervención.
Los principios están claros, el proyecto que permita recuperar el Palacio Pereira debe limitarse a la restauración del monumento y no a la especulación inmobiliaria, subordinando nuestro patrimonio a criterios rentistas. Como agrupación de expertos en la temática patrimonial y en honor a nuestro rol de velar por la protección de nuestro patrimonio hacemos un llamado al estado a concretar la compra de este Palacio de valores inmensos para albergar alguna institución pública que devuelva al palacio a su dignidad y belleza.
Desde que el Palacio Pereira es protegido por la Ley Monumentos Nacionales al día de hoy se han cometido múltiples errores. Por una parte el Estado que no ha sido capaz de proteger el monumento, garantizando su compra, acción que se ha intentado en tres ocasiones sin resultados positivos. Y por otra parte los intentos de desafectación y acciones directas contra el inmueble por parte de los propietarios. Según lo cita el Informe del Consejo de Monumentos del año 2005 y el informe realizado por la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile en el año 1985, el desmantelamiento que provocó el estado deplorable que presenta hoy el Palacio se debe al retiro de cubiertas, envigados, pavimentos, puertas y ventanas, entre muchos otros, a lo que deben agregarse varias demoliciones., acciones las cuales se constató en distintas declaraciones fueron posteriores a la adquisición del inmueble por parte de la Inmobiliaria Maullín (Informe FAU 1985, citado en Informe del CNM del 2005).
Invitamos a los interesados a revisar mayores antecedentes a la sede central del Colegio de Arquitectos, para conocer objetivamente los acontecimientos de una historia que lamentablemente es un emblema del cómo actuamos en torno a nuestros valores urbanos y culturales, la protección y puesta en valor del patrimonio es responsabilidad de todos, un monumento es único e irremplazable y en el contexto de la pérdida de múltiples edificios patrimoniales es urgente imponernos a hechos que sigan provocando lamentaciones futuras.
Resumen Cronológico de Hechos en torno al Palacio.
A continuación se resumen los hechos en torno a una historia de más de 30 años, acontecimientos que permiten al lector hacer su propio juicio respecto a la mala gestión que ha acompañado a este importante monumento Nacional.
El Palacio Pereira fue declarado Monumento Nacional en 1974, en categoría de Monumento Histórico según Decreto supremo Nº 1185 del Ministerio de Educación
En 1975 su dueño (Inmobiliaria San Luis) solicita desafectar el bien por encontrarse en “estado ruinoso”. Esto sucede sin la aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales, por vía de un decreto, situación irregular que la Contraloría determinaría años después (1989) que se trató de un acto ilegal (Dictamen Nº8293).
En el año 1981 la propiedad es adquirida por la Inmobiliaria Maullín, de propiedad de Raúl del Río, para desarrollar un proyecto Inmobiliario. Este mismo año se vuelve a declarar Monumento Histórico por Decreto Supremo Nº 5746 del Ministerio de Educación.
Con el terremoto de 1985 no sufrió mayores daños que los existentes previos a movimiento sísmico, según lo respalda informe de la Escuela de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile.
En marzo de 1989 un dictamen de la Contraloría (Nº 8293- 1989) establece que la desafectación como Monumento Histórico del Palacio Pereira en 1975 fue ilegal.
En 1994 se aprueba un primer anteproyecto de intervención para el Palacio, el que no se concreta.
En 1999 se propone una primera permuta por parte del Estado, la que es eventualmente rechazada por su dueño.
En el año 2000 se realiza un informe por parte de la Visitadora Especial, arquitecta Sylvia Pirotte (MOP), donde se constata el deterioro que ha sufrido el inmueble causado por el propietario (antecedentes existentes con fotografías se encuentra en archivos del DEPA-MOP).
Desde el 2001 se suceden una serie de demandas de la Inmobiliaria Maullín al fisco y desde el Fisco a la inmobiliaria.
En el año 2005 el propietario solicita la desafectación del bien, la que es negada por el CMN.
En el año 2007 y 2008 el Estado, a través del Programa Puesta en Valor del Patrimonio (PPVP), intenta nuevamente adquirir el bien, acción que no llega a concretarse.
En el año 2009 el CMN aprueba el anteproyecto que ahora nos ocupa, de diseño del arquitecto Gonzalo Martínez. Este es presentado con planos a nivel de anteproyecto, sin detalles, en una sesión extraordinaria, con el quórum mínimo (7 de 19 miembros). Cabe mencionar que la aprobación de un anteproyecto no es contemplada en la Ley de Monumentos Nacionales. La instancia tiene por objeto facilitar la revisión de una Dirección de Obras, la que sí revisa anteproyectos de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Urbanismo y Construcciones).
El Palacio resiste el terremoto del 27 de febrero del 2010, sin presentar colapso, solo algunos desprendimientos.
En el 2010 la DOM no aprueba el anteproyecto por cuanto éste afecta a un vecino Inmueble de Conservación Histórica (Instituto de Ingenieros). El propietario solicita el pronunciamiento de la Contraloría para resolver el conflicto, la que emite un dictamen, indicando que ninguna regulación puede extenderse a la otra, afectando competencias y procedimientos de cada organismo.
En el presente año el propietario vuelve a solicitar el pronunciamiento de Contraloría, la que resuelve ordenando la aprobación del anteproyecto a la Ilustre Municipalidad de Santiago.