Santiago, la única provincia que no tiene gobernador
Por Marcela Andrés, La Tercera.
La falta de este cargo ha generado problemas al momento de evitar la ocupación ilegal de bienes de uso público.
Según la Constitución, Chile está dividido en regiones, provincias y comunas. La misma Carta Fundamental establece que, cada una de estas provincias, tendrá un gobernador, quien es nombrado por el Presidente. Esto tiene una sola excepción: aunque fue creada en 1981, la provincia de Santiago no tiene esta autoridad.
Es más, en la página web del gobierno regional de Santiago aparece entre paréntesis la palabra: “pendiente”. La inexistencia de un gobernador se arrastra desde hace décadas.
Sergio Boisier, economista y experto en regionalización, recuerda que “en 1966, cuando se inicia la regionalización, se crean 11 regiones y un área metropolitana”.
Luego, en 1974 se dicta la nueva administración, se mantiene la idea del área metropolitana y en 1980 se establece, en un Decreto con Fuerza de Ley, que ésta estará comprendida por 15 comunas, entre ellas Santiago, Providencia y Ñuñoa.
En 1981 fue necesario modificar este nuevo esquema. El problema era que no era concordante con la Constitución que empezaría a regir en 1981 y que estipulaba que Chile se dividiría en regiones, provincias y comunas. Para enmendarlo, se creó la provincia de Santiago, el 7 de marzo de 1981.
Pero el problema no se solucionó. El cargo no fue creado en la planta de funcionarios. Para resolver, parcialmente, este vacío legal, en 2001 se creó el cargo de delegado provincial de Santiago.
Pero esto no solucionó el conflicto de fondo. Desde 2005, se han realizado presentaciones ante la Contraloría pidiendo que se dé una solución definitiva al tema.
El motivo: según la ley, es obligación del gobernador la restitución y vigilancia de los bienes de uso público, así como evitar la ocupación ilegal, tema que no quedaba resuelto.
La intendencia, en 2006, había reclamado que le correspondía asumir esta responsabilidad, ante la falta de gobernador, pero la Contraloría negó tal planteamiento. Esto, pues, la ley entregaba explícitamente tal este rol al gobernador.
Este mes, la Contraloría dio respuesta a una presentación del Ministerio de Bienes Nacionales. En el dictamen, estipuló que esta función específica de la vigilancia de los bienes de uso público, la debe asumir la intendencia. Esto, mientras “no se cree el cargo de gobernador”.
Situación de facto
Cristián Román, profesor de derecho administrativo de la U. de Chile, advierte que “se trata de una situación de facto, que no está avalada expresamente por la ley, a través de una excepción o una norma transitoria”.
Sebastián Zárate, profesor de derecho de la UC, advierte que en otros países se establece un régimen especial para las capitales, donde hay un alcalde mayor o gobernador, que “son elegidos popularmente y ejercen un peso político sobre el gobierno central”. Añade que tener un gobernador en Santiago nombrado por el Presidente no tendría utilidad, considerando que se trata de la provincia donde está la sede de gobierno.
El académico del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile, Jaime Baeza, advierte que esta situación “deja la pregunta de qué tan unitario somos como país, si en la práctica hay un sector donde vive un porcentaje importante de la población que no tiene gobernador”.
En la subsecretaría de Interior afirmaron que no está contemplada la designación de un gobernador, pues “la Delegación Provincial de Santiago, a cargo de un delegado provincial, ejerce las funciones de un gobernador”.