Contaminación de lago Rapel: 12 empresas en la mira
(La Nación, 19/12/2008)
Tras un mes de fiscalización, las autoridades sanitarias viajan hoy a la zona para entregar los primeros resultados. Por Felipe León Díaz
Tras un mes de fiscalización a doce empresas cuyas descargas de desechos podrían haber alcanzado cursos de agua en el entorno del embalse Rapel, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) entregaría hoy en la Región de O’Higgins los primeros resultados cuando la jefa del organismo, Magali Espinoza, visita la zona.
Junto a la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama) y otros organismos fiscalizadores, la SISS espera determinar cuáles son las empresas industriales cuyas descargas podrían haber contaminado las aguas del lago, centrando su mirada no sólo sobre Agrosuper, la faenadora de cerdos acusada del daño ambiental tanto por la comunidad del sector como por el senador (PS) Juan Pablo Letelier.
El listado de la SISS también incluye a la Viña Correa Aldunate, Viña Sutil, Agrícola Super (incubadora Lo Miranda), Exportadora y Comercializadora Tuniche, Agrícola Super (Fundo Santa Cruz), Embotelladoras Chilenas Unidas, Semillas Limagrain de Chile, Faenadora Lo Miranda, Codelco Chile (División El Teniente), Tomás García Kohler y la Faenadora San Vicente Ltda.
Al mediodía de hoy, la superintendente y la Unidad de Medio Ambiente de la SISS verificarán en terreno la fiscalización que se está efectuando sobre la contaminación del embalse, e informará las medidas que se aplicará sobre este hecho.
POSIBLES SANCIONES
De acuerdo a lo establecido a la Ley 18.902, los establecimientos industriales que incurran en alguna infracción a las normas relacionadas con las descargas de residuos industriales líquidos, o en el incumplimiento de las instrucciones, órdenes y resoluciones dictadas por la Superintendencia, arriesgan sanciones que van desde una multa a la clausura.
El monto de la sanción a beneficio fiscal, varía según la infracción, desde una hasta mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). Las mayores multas pueden ser aplicadas cuando se trate de infracciones que pongan en peligro o afecten gravemente la salud de la población.