El Ministerio de Vivienda hizo la pega
Por Patricio Herman
Fundación Defendamos la Ciudad
El 17 de marzo de 2009, vía ORD. 1080, el seremi de Vivienda señaló al director de Obras de Providencia que el permiso de edificación del 30 de marzo de 2007 otorgado a Costanera Center contenía “errores” y le dio un plazo de diez días corridos para que los subsanara. Recordemos que este megaproyecto inmobiliario se acogió al Plan Seccional CCU de 1980, instrumento normativo bastante permisivo, y sus obras se iniciaron con mucha pompa en la primera semana de marzo de 2006, sin permiso de edificación y como el seremi concluyó que el extemporáneo permiso de marzo de 2007 se otorgó con procedimientos “equivocados”, significa que ese acto administrativo está viciado. Han transcurrido más de tres años desde que se puso la primera piedra y aún no existe un permiso apegado a la ley. Entre las irregularidades, la más brutal es el cálculo de la rasante por el sector norte, que determina la altura máxima de edificación de la torre regalona. El director de Obras de Providencia consideró que los espacios públicos destinados a parques, la cuenca del río Mapocho y otras vialidades son una sola cosa, incorporándolos a avenida Andrés Bello, y supuso que el ancho de la vía es superior a 100 metros, con lo que el Estudio de Sombra arrojó un resultado equivocado. Esta fórmula fue desestimada por el seremi, que representó al funcionario municipal que la rasante de Andrés Bello se aplica al eje de esta vía, porque los otros espacios públicos no son parte de la misma. Haciéndose bien el cálculo de la rasante, junto a la rasante del sector oriente, a la torre que preveía 70 pisos le corresponderían entre 48 y 50 pisos. Recordemos que la altura máxima de edificación se fija en el punto de encuentro de ambas rasantes. Como el “bondadoso” Plan Seccional CCU no hablaba de estacionamientos, el proyecto decidió ejecutar sólo 4 mil 500 unidades, pese a que por el gran volumen de la construcción le correspondían unas 10 mil. El seremi rechazó esa decisión, indicándole al funcionario que para definir la cantidad de estacionamientos se deben aplicar las disposiciones del Plan Regulador Metropolitano de Santiago y del Plan Regulador Comunal de Providencia, según los tipos de destinos de la construcción. Frente a Costanera Center, por el sur, se localiza el antiguo Hospital Militar, que sigue funcionado en el sistema público y allí hay un helipuerto. El 12 de noviembre de 2001, el director de Aeródromos y Servicios Aeronáuticos envió un oficio reservado al alcalde Labbé, solicitándole un pronunciamiento sobre las alturas de las torres por la reglamentación del cono de aproximación. Nosotros desconocemos dicha respuesta, pero esto no se puede soslayar. Junto con la Unión de Juntas de Vecinos de Providencia y con la Junta de Vecinos 11, La Costanera, el 2 de marzo dimos a conocer el documento vinculante del seremi de Vivienda, pero en una actuación surrealista, en El Mercurio del 3 de abril, el alcalde Labbé respondió que “el ministerio está definitivamente equivocado, pues el permiso de Costanera Center está absolutamente en regla” (sic). Labbé debe saber que su director de Obras no se manda solo y que, en materias técnicas, no depende de él, haciéndole notar que los funcionarios municipales son responsables de los actos, resoluciones u omisiones ilegales que cometan en la aplicación de la Ley de Vivienda y Urbanismo. Labbé ha actuado mal, porque las resoluciones de la autoridad del Minvu revisten fuerza obligatoria para los directores de obras y por ello no debe inmiscuirse en materias que no le competen. Su director de Obras tendrá que recapacitar y si se mantiene su desobediente conducta, tenemos certeza de que la ministra Patricia Poblete adoptará las medidas que corresponden para salvaguardar la institucionalidad amenazada.