Sistema de puntos en conducción I
(El Mercurio. 17/06/2009)
Señor Director:
Se dio a conocer el envío del proyecto de ley de licencias de conducción que define un total de 12 puntos, los que se descuentan por incurrir en faltas graves y gravísimas. Según se informa, se considera gravísmo el conducir a exceso de velocidad o bajo la influencia del alcohol (0,5-0,99 gr/litro de sangre) y se propone descontar seis puntos en estos dos casos. Si los puntos llegan a cero se suspende la licencia, 90 días la primera vez, y 180 la segunda. Para recuperarla se requiere aprobar un curso especial. También se menciona que los conductores con buena conducta podrán recuperar puntos perdidos.
Es evidente que un sistema de puntos es un aporte muy significativo, con gran potencial en reducción de accidentes y malos hábitos, pero su diseño adolece de un grave problema: esta basado en sanciones por violación a la ley, en vez de hacerlo respecto del riesgo de los accidentes asociados a una conducta. La ley se viola si se excede la velocidad permitida, pero el riesgo de accidente está asociado a la velocidad a la cual se conduce; por lo tanto, circular a 110 km/h, donde se permiten 100 km/h no causa igual riesgo que circular a 210 km/h, pero igualmente se viola la ley. Así, el sistema propuesto incentiva violar la ley por un amplio margen: conviene más violarla a 210 km/h que a 110 km/h, ya que la pena es la misma.
Por esto, es recomendable diseñar un sistema basado en que los puntos descontados sean proporcionales al riesgo generado, que las reincidencias tengan mayor costo que la primera vez, y que se premie con puntos recuperables la buena conducta. En tal diseño, la escala de 12 puntos parece inadecuada, por lo que debería definirse una que permita mayor gradualidad en las sanciones.
FRANCISCO MARTÍNEZ CONCHA
Doctor en Economía de Transporte
Universidad de Chile