Costo social de Campiche
(El Mercurio. 4/07/2009)
Señor Director:
Un reciente fallo de la Corte Suprema anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de la central termoeléctrica Campiche, que la empresa AES Gener construía en la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, provocando la paralización de las obras de un proyecto cuya inversión asciende a los US$ 500 millones.
Sin entrar a analizar el contenido de la sentencia, creemos que estamos frente a un hecho extremadamente preocupante. Las aprobaciones ambientales garantizan que las inversiones asociadas a una determinada iniciativa podrán materializarse sin inconvenientes, puesto que cumplen con los estándares que en esta materia se ha dado nuestra sociedad. Por lo mismo, cualquier indicio de debilitamiento de este instrumento jurídico afecta, en su esencia, las posibilidades de desarrollo del país.
Nuestro deber como gremio es promover que los procesos de otorgamiento de las Resoluciones de Calificación Ambiental sean inobjetables. Ello exige, por una parte, una adecuada presentación y tramitación de los proyectos de inversión por parte del interesado y, por otra, que las reparticiones públicas no sólo sean competentes sino también que asuman plenamente la responsabilidad por sus actos. A nuestro juicio, aquí se ha producido una falla en el sistema, sin embargo, sus millonarios costos están siendo traspasados en su totalidad a las empresas involucradas, situación que nos parece improcedente. Un artículo publicado por este mismo medio informaba que cada día de paralización tiene un costo que bordea los US$ 250.000 para las constructoras nacionales que ejecutaban las obras. Y ni hablar del costo, tanto financiero como de imagen pública, que esta situación representa para el mandante.
Dado lo anterior, nos parece adecuado y necesario que se busquen mecanismos que, cumpliendo estrictamente el marco legal, permitan una rápida resolución de este conflicto, puesto que mientras antes se resuelva, menos daño provocará.
La RCA de la central Campiche fue otorgada por la Corema de la Quinta Región en mayo de 2008. Transcurrido más de un año -y cuando su construcción ya se encontraba en plena ejecución, dando trabajo a 800 personas- fue declarada ilegal y dejada sin efecto. Cabe entonces preguntarse: ¿qué confianza tendrán los inversionistas, nacionales e internacionales, en que a partir de un permiso ambiental puedan empezar a materializar sus proyectos sin que luego sufran paralizaciones o, lo que sería peor, la imposibilidad de continuar desarrollándolos? Hoy, claramente, ya no será la misma que antes.
Por el contrario. En la medida en que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental otorgue menos garantías respecto de su idoneidad, mayor será la presión para que sean los Tribunales de Justicia los que resuelvan en última instancia la factibilidad de los proyectos. Y mayor también será el riesgo para los promotores de cualquier iniciativa.
El proceso que concluyó con el reciente fallo de la Corte Suprema debe ser analizado exhaustivamente por nuestras más altas autoridades y determinarse las responsabilidades que correspondan. La lección más evidente que surge de esta situación es que en la tramitación de un permiso ambiental no pueden quedar cabos sueltos. Ni en materia de cuidado del medio ambiente ni en el plano administrativo. De hecho, debió haber sido la autoridad administrativa la que, como parte del proceso de calificación ambiental, resolviera “oportunamente”, incluso como primer aspecto, sobre el uso del suelo en el que se iba a emplazar la central termoeléctrica. Decir hoy que el lugar no es apto parece, al menos, una justificación extemporánea.
Si no se cumple con los requisitos antes señalados, el resultado es que, tal como lo sostuviera el gerente general de AES Gener, nuestro riesgo-país aumenta. Así de grave. Y la pregunta que debe ser respondida es ¿quién asume este costo?
Lorenzo Constans G.
Presidente Cámara Chilena de la Construcción