Editorial – Acuerdo para legislación ambiental
(El Mercurio. 29/10/2009)
Todo parece indicar que la mayor y más determinante responsabilidad recaerá sobre el nuevo Tribunal Ambiental.
El acuerdo entre senadores de las diversas bancadas para dar trámite a la nueva institucionalidad ambiental propuesta por el actual gobierno antes de su término constituye un notable esfuerzo por articular el ordenamiento que al respecto regirá al país, precisamente en momentos en que, en un período eleccionario, las divergencias políticas están a flor de piel.
Este acuerdo incluye la creación de un ministerio y una superintendencia de Medio Ambiente, acompañados de un Servicio de Evaluación Ambiental y un Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas; también contempla aprobar por el Senado el proyecto para crear un Tribunal de Medio Ambiente, que ingresará esta semana al Congreso. Así, de completarse toda la tramitación legislativa, cada proyecto de inversión deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que será sometido para su aprobación al Servicio de Evaluación Ambiental, el cual entregará una Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Dicho servicio tendrá un director nombrado por la Alta Dirección Pública, y sus resoluciones serán vinculantes. Durante este proceso de evaluación se incluye la participación ciudadana. Servicios tales como el SAG, Conaf, Sernageomin y la Dirección General de Aguas también podrán emitir informes durante este proceso, que el Servicio de Evaluación no podrá dejar de considerar. Posteriormente, la Corema (conformada sólo por el intendente regional y los seremis y sin participación del consejo regional) votará la aprobación o rechazo del proyecto, respetando los informes técnicos de los organismos con competencia ambiental. La superintendencia fiscalizará que los proyectos aprobados cumplan con las condiciones establecidas en las resoluciones de calificación ambiental (RCA).
Finalmente, el Tribunal Ambiental contará con las potestades de los tribunales ordinarios para conocer de las apelaciones a sanciones de la superintendencia, o los reclamos de los ciudadanos o personas jurídicas contra los informes técnicos del proceso de evaluación. Sus fallos serán apelables a la Corte Suprema.
La separación entre la evaluación de los proyectos por un servicio especializado y su fiscalización posterior por una superintendencia es adecuada, pues son funciones distintas, que suponen diferentes capacidades y enfoques. Resulta discutible el carácter de veto que durante el proceso de evaluación se otorga a los servicios estatales citados, pues eso resta autonomía al Servicio de Evaluación y les transfiere un enorme poder a aquéllos, que puede resultar paralizante para muchos proyectos.
Todo parece indicar que la mayor y más determinante responsabilidad recaerá sobre el nuevo Tribunal Ambiental, pues la línea conceptual que oriente sus fallos, la competencia técnica de sus integrantes y las garantías de ecuanimidad que él dé a las distintas partes en disputa serán fundamentales para que esta institucionalidad resulte positiva y colabore al desarrollo del país de manera sustentable.
Se trata de una malla compleja de entidades que interactúan en una materia técnicamente muy compleja, socialmente sensible y de creciente importancia. Con todo, no se advierte bien qué papel cumplirá el Ministerio del Medio Ambiente, ni la necesidad de crearlo, más allá del prurito de transformar en ministerio cualquier ámbito que se juzgue importante. Con eso sólo se llega a gabinetes cada vez más grandes e inmanejables, contrariamente a la propuesta de un conjunto de centros de estudio de diversas tendencias para modernizar el Estado, simplificando y haciendo más eficiente su labor.