Carta – Planificación urbana
Señor Director:
Este 12 de febrero de 2010 entra en vigencia la aprobación hecha al artículo 59 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que trata de la eliminación de las “afectaciones a expropiación” por declaración de utilidad pública consultadas en los planes reguladores comunales e intercomunales.
Ese día caducarán los plazos legales para expropiar los espacios previstos para ensanches viales y generación de espacios públicos, y entrarán a regir los nuevos plazos que permiten que si en un período de 5 años para parques y vías locales, y de 10 años para las vías expresas y troncales, si no se han realizado dichos ensanches, los propietarios podrán construir dentro de los espacios que estuvieron previstos como expropiables para las futuras calles o sus ensanches.
Esta ley de una plumada deja obsoleta una planificación urbana con horizonte de 20 o 30 años, y es un dudoso beneficio de los propietarios, al desafectar estas áreas definidas de utilidad pública. Es necesario dejar constancia que los planes reguladores comunales e intercomunales existentes a la fecha se verán afectados por esta prescripción, dejando obsoletos muchos de los instrumentos de planificación existentes.
Para realizar los ensanches previstos en los planes reguladores sólo quedaría el camino de la expropiación casa a casa. Quienes ya construyeron respetando esos futuros ensanches previstos pierden su terreno, y los que no han construido aún pueden hacerlo en la línea oficial poniendo obstáculos muchas veces insalvables a una futura ampliación de esa calle, y esta puede quedar ciega, dejando entradas y salientes con esquinas escondidas que aumentan el grado de inseguridad.
Somos numerosos los arquitectos, especialmente urbanistas, incluyendo a nuestro Colegio, que hemos venido señalando esta situación de caos urbano que se nos avecina. Sin embargo, a pesar de concordar en lo aberrante de esta modificación legal al Artículo 59 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, no se han derogado estas disposiciones que conducen claramente a una retrógrada desplanificación urbana.
JORGE ABARCAJULIO ALEGRÍAEUGENIO CIENFUEGOSXIMENA BÓRQUEZDirectivaComité de Desarrollo UrbanoColegio de Arquitectos de Chile