Carta – Cambios en planes reguladores
(El Mercurio. 05/12/2009)
Señor Director:
A propósito de su editorial “Cambios en Planes Reguladores”, es importante destacar que actualmente las disposiciones de los planes reguladores comunales deben estar en sintonía con lo que establecen los planes reguladores intercomunales (artículo 38 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones). Por su parte, la Dirección de Desarrollo Urbano (DDU), dependiente del Minvu, es la encargada de aclarar la forma de aplicación de las normas establecidas en cada uno de estos órganos instrumentales.
A mi juicio, es muy necesario para lograr una planificación territorial, acorde al crecimiento de las grandes ciudades del país, crear un organismo que coordine las propuestas de cambio de las ordenanzas comunales en función de un interés común a la ciudad y su desarrollo más que a la comuna “mirándose el ombligo”. Me parece indispensable, para una urbe metropolitana y tan extensa como Santiago, la creación de un organismo, dependiente del Minvu, algo así como una Dirección de Planificación Urbana Metropolitana, que pueda ser integrada por profesionales destacados en el área de estudios urbanos, seleccionados por concurso público, que no tengan identificación política alguna, de modo de regular la planificación urbana comunal con un sentido de bien común en el desarrollo metropolitano.
Me parece aberrante, por ejemplo, la mirada discrecional de algunas autoridades comunales que modifican su plan regulador “procurando mayor calidad de vida”, disminuyendo la densidad habitacional, obligando a construir viviendas más grandes y caras, a niveles que determinan la imposibilidad del desarrollo y crecimiento inmobiliario, incentivando el deterioro de los barrios, y que, además, van en contra del sentido común que determinan la composición del grupo familiar (que va disminuyendo según estudios censales) y el desarrollo de equipamiento (movilización, conectividad, instalaciones existentes).
Asimismo, el proyecto de “Ley sobre Planificación Urbana” y los plebiscitos comunales de que hemos sido testigos en la definición de los últimos cambios de planes reguladores son una confirmación de la mirada hacia adentro, sin un sentido de desarrollo metropolitano, que evidencian la necesidad de un organismo superior que los regule.
Álvaro Garfias Arze