Compañías distribuidoras de electricidad aseguran que pago de compensaciones por apagones es inaplicable
Frente a instructivo de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles:
Empresas afirman que se están creando falsas expectativas en los clientes, ya que las indemnizaciones, dicen, “es imposible” que sean pagadas en los 10 días exigidos. El cálculo preliminar de la autoridad establece que por cada hora de corte, las firmas pagarán $150 a los 4,7 millones de usuarios, totalizando US$ 5,5 millones.
Por Jéssica Esturillo O. (El Mercurio)
Polémica causó la decisión del Gobierno de obligar a las distribuidoras eléctricas a compensar a los más de 4,7 millones de clientes residenciales del Sistema Interconectado Central (SIC) por los apagones de marzo de 2010 y septiembre pasado.
“Antes no se compensaba a los usuarios por un apagón de este tipo, pero la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) dentro del marco de la ley dispuso un cambio de criterio y ahora, ante estas circunstancias, se compensará a los usuarios, como una respuesta permanente por parte de las empresas”, señaló el ministro de Energía, Rodrigo Álvarez.
Este anuncio no fue bien recibido entre las distribuidoras eléctricas, firmas que deben efectuar estos pagos, aunque por lo general sobre ellas no recae la responsabilidad en un blackout .
“La resolución de la SEC despeja que la falla no fue responsabilidad de las distribuidoras, pero al mismo tiempo activa un mecanismo que está muy poco claro en la normativa y que tiene que ver con el pago de compensaciones por fallas que no les son imputables a ellas, sino que a los coordinados del CDEC (generadoras, transmisoras y subtransmisoras)”, explicó Rodrigo Castillo, director ejecutivo de Empresas Eléctricas.
El titular del gremio, que agrupa a estas concesionarias eléctricas, añadió que el requerimiento gubernamental de un pago inmediato -fijó un plazo de 10 días para el apagón de 2010- es inaplicable. Ello, porque el modelo indicado en la resolución de la SEC “carece de los suficientes elementos de juicio para hacerla aplicable”, dijo.
Estos elementos están relacionados, dice Castillo, con definiciones vagas respecto de varios puntos, entre ellos la fórmula de cálculo del tiempo de corte que se debe indemnizar y también sobre el modelo para que las distribuidoras cobren estos pagos a los responsables de la falla, es decir, aguas arriba en la cadena del sistema eléctrico. “No está claro a quién se le cobra, cuánto y cuándo, aclaración que varias veces hemos pedido”, indicó.
En la industria estiman que será imposible que los clientes del SIC reciban las compensaciones en los plazos y forma anunciados por la autoridad y añaden que con un fin político el Gobierno estaría creando expectativas complejas de manejar.
“Es importante ser delicados respecto de las expectativas y la sensibilidad de los clientes, que no tienen por qué comprender las dificultades técnicas de estos sistemas”, puntualizó Castillo.
MULTAS
La SEC multó con US$ 11 mills. a 18 eléctricas del SIC por el apagón de marzo de 2010.
US$ 5,5 millones
costaría compensar a los más de 4,7 millones de clientes residenciales del SIC, por el promedio de cuatro horas que duró el apagón de marzo de 2010. Son 28 empresas distribuidoras las que deben asumir esta obligación de pago, que fue fijada recientemente por la autoridad.
¿Cómo funciona el modelo de compensaciones?
El sistema de compensaciones por interrupciones en el suministro eléctrico data de una Ley de 1999, que elevó las atribuciones de la SEC, pero opera desde 2004.El modelo ha funcionado con indemnizaciones por cortes no autorizados que son de responsabilidad de las distribuidoras, pero nunca se ha usado en el caso de un apagón.
“Para nosotros el modelo es muy claro, pues la Ley nos entrega las atribuciones para obligar las compensaciones y establece que las empresas podrán repetir dichas compensaciones a los responsables de la falla”, dijo el titular de la SEC, Luis Ávila.
Sin embargo, en la industria critican que esa responsabilidad no está clara y que una vez que la distribuidora indemniza, la aplicación de recursos legales y judiciales por parte de las empresas a los operadores a los que debe cobrar los recursos (generadoras, transmisoras o subtransmisoras), hacen que la ejecución de dicho cobro se dilate o no se pueda realizar.
“Es muy dificil cobrar las compensaciones cuando no se sabe a quién se debe entender como responsable del apagón”, dice un ejecutivo en una distribuidora.
En el caso del apagón del 14 de marzo, además de las 18 eléctricas que deben pagar multas económicas, hay otras 98 empresas -eléctricas y grandes consumidores, como mineras e industriales- que fueron sancionadas con amonestación y que según la interpretación de Ávila en su conjunto deben devolver las compensaciones a las distribuidoras.