Grafitis vandálicos y murales artísticos: Contradicciones de la política patrimonial porteña
Escritor por: Sebastián Sepúlveda Manterola. Sociólogo Universidad de Chile y Maestro en urbanismo de la Universidad Nacional Autónoma de México
El alcalde de Valparaíso, la municipalidad de Valparaíso (a través de su representante) y tres concejales que participan en una querella contra supuestos responsables, entran en contradicciones cuando anuncian una guerra frontal contra los grafitis porteños y, sin embargo, no persiguen con igual ahínco las múltiples irregularidades en el sitio patrimonial.
¿Por qué los grafitis son perseguidos en la ciudad y no los murales que por cientos colman los cerros patrimoniales? ¿Cuál es la diferencia entre un mural “artístico” y un grafiti “vandálico”? ¿Está el alcalde y los concejales capacitados para discernir entre lo que es arte y lo que no lo es en términos de lo que corresponde en una zona patrimonial? ¿Es parte de sus competencias? ¿Es la municipalidad la institución competente y la encargada legítimamente para discernir en esta materia? ¿Será la autoridad de Valparaíso quién establecerá los criterios artísticos, de distinción, gusto y diferenciación, entre el arte y el no arte que cubre y cubrirá nuestras calles? O, más bien, ¿depende del “prestigio”, “nombre”, dinero o contactos que tengan el sujeto o grupo en cuestión? ¿Por qué darle el status de “artistas” a algunos privilegiados que hacen sus obras en la zona patrimonial vinculándose a toda su legitimidad, carga histórica y cultural y estigmatizar a otros como vandálicos?, ¿Se los deja fuera y trata como delincuentes sólo porque no tienen el “gusto”, los contactos, la plata, el acceso a la CULTURA (con mayúsculas) o educación formal?
Tras estas actuaciones de las autoridades se oculta una profunda violencia simbólica que excluye, que profundiza la marginación de algunos, que dicta pautas de expresión artística legítimas y otras delictivas. A las profundas desigualdades de ingreso y acceso a educación y salud de la población se suma la profunda desigualdad en definir qué se entiende por cultura y por arte y quienes tienen derecho a participar en esa definición y expresión en los espacios públicos.
Evidentemente, lo que está detrás es un concepto clasista y elitista de lo que es arte, lo que es de “buen” gusto (bien cuestionable por lo demás en el caso de muchos de los murales “artísticos” de Valparaíso). No es el alcalde quien debe promover mayor exclusión hacia ciertos jóvenes, ya de por sí marginados, persiguiendo unas expresiones culturales mientras promueve otras en base a criterios dudosos. En este sentido, que las políticas municipales no profundicen la ya profunda desigualdad (cultural, económica, social, urbana) y violencia simbólica que experimentan jóvenes que quieren expresarse y no encuentran canales legítimos para hacerlo.
La respuesta y solución que parece más adecuada a estos problemas es que ley pareja no es dura. Lo justo sería prohibir los rayados de todo tipo para no caer en contradicciones, ni entrar en discusiones bizantinas. Es difícil defender objetivamente lo “artístico” de determinados murales que llenan “autorizadamente” los cerros patrimoniales. Como dice el instructivo de monumentos nacionales no se debería rayar ningún inmueble patrimonial pero, mientras, por un lado, la municipalidad promueve los rayados de algunos muros e inmuebles en la zona patrimonial con el argumento de que son murales “artísticos” por otro lado castiga a quienes hacen grafiti. El argumento artístico habría que dejárselo a expertos. No corresponde a la autoridad política y administrativa de la ciudad realizar juicios de valor artístico (los regímenes totalitarios trataron de hacerlo con resultados nefastos). Murales “artísticos” y grafitis “vandálicos” son ambos modos de expresión, que son más o menos legítimos dependiendo del contexto y el acuerdo de la comunidad. Los juicios de su valor intrínseco no son función municipal.
En este sentido, el sector patrimonial debería mantenerse ajeno a estas contingencias, mantener sus características históricas sin estas polémicas y debates circunstanciales. El centro histórico de Valparaíso que es Patrimonio de la Humanidad no debería tener ningún tipo de rayados o murales, el resto de Valparaíso, si lo estima, bien. Para algunos pueden ser considerados igual de “vandálicos” los supuestos “murales artísticos” que campean en los sectores patrimoniales. Una fachada del siglo XIX con una pintura contemporánea, de cualquier tipo, ve alterada sus características históricas de igual manera si se trata de un grafiti “vandálico” o de un mural “artístico”.
Ahondando más aún en el problema, ¿Cuál es la diferencia entre murales “artísticos” y grafitis “vandálicos” respecto a los letreros publicitarios y de marcas comerciales que, muchas veces, invaden y hacen ilegibles las fachadas tradicionales y el conjunto histórico de la zona UNESCO? ¿Las marcas comerciales tienen privilegios ante las expresiones de los ciudadanos, independiente de si sean “vandálicas” o “artísticas”? ¿Cuál es, en estricto rigor, la diferencia?
Algunos argumentarán que las diferencias estriban en la autorización de los propietarios de los inmuebles involucrados. Si está autorizado está permitido si no, está prohibido. El problema de esta respuesta es que el patrimonio cultural es un bien colectivo de la comunidad: de la comunidad nacional, el Estado (todos los chilenos y chilenas no sólo los porteños y porteñas), cuando éste se hace parte de su protección y lo resguarda (bastante mal en el caso de Valparaíso, hay que decirlo), de toda la humanidad cuando la UNESCO lo declara Sitio del Patrimonio Mundial por “ser un testimonio único o al menos excepcional de una tradición cultural viva o desaparecida” y por eso, con sus beneficios y restricciones, supera la clásica distinción jurídica de propiedad privada. Los propietarios privados se ven beneficiados directamente de esta distinción social porque aumenta el precio de sus propiedades y sus status pero están sujetos, por lo mismo, a un tratamiento regulado como bien colectivo. Por eso, es la comunidad, a través de las instituciones y representantes legítimos que establezca, la que debe velar por la integridad, autenticidad, beneficios y restricciones, entre otras materias, a los que está sujeto ese bien colectivo que se llama “Patrimonio cultural”.
Cada propiedad por sí sola no es “patrimonio cultural de la humanidad”, si lo es el conjunto, por lo cual si cada propietario hace lo que se le plazca se corre el riesgo de perder esa certificación (distinción) cultural y sus beneficios. Si opera la lógica de privatización de las ganancias (hago lo que me plazca con mi propiedad privada) y socialización de las pérdidas (las externalidades negativas y gastos generales que los pague el Estado, una Ley Valparaíso, la UNESCO o el BID, es decir, otros) puede suceder lo mismo que desencadenó la última crisis global y que tiene al borde de la bancarrota a varios países: se pierden las certificaciones internacionales, aumenta la ingobernabilidad, disminuyen los ingresos colectivos, cae el precio de las propiedades, se pierden beneficios sociales, entre otras “gracias”.
El problema en esta materia, como en tantas otras de la gestión patrimonial de la ciudad, es que no hay una normativa ni legislación clara y la poca que hay (normas e instructivos del Consejo de Monumentos Nacionales), no es respetada. La municipalidad ha sido reacia a normar y fiscalizar adecuadamente la pintura de fachadas y publicidad en la zona patrimonial. No hay una paleta de colores seleccionados (“pantone”), como existe en muchos centros históricos, que oriente la pintura de fachadas, los programas municipales en estas materias eligen los colores según el arbitrio y gusto del encargado de turno (¿con qué experticia?), los colores de la temporada o los que quedaron en la retina tras la última visita a algún centro vacacional de moda con resultados, demasiadas veces, dudosos en su autenticidad y pertinencia. Al respecto, existe una propuesta concreta de paleta de colores y normativa, financiado por el Programa de Recuperación y Desarrollo Urbano de Valparaíso (PRDUV) y desarrollado por la Universidad Católica para la zona patrimonial de Valparaíso, que duerme en algún cajón municipal desde el año 2005. Propuesta que el mismo PRDUV no respeta cuando financia la pintura de fachadas con colores ajenos a los recomendados ¿Con qué autoridad se exige entonces que los grafiteros cumplan con la ley? ¿Quiénes realmente la cumplen? ¿Cuál ley?
Para mayor contradicción, la municipalidad, de manera populista, ha promovido con irresponsable discrecionalidad y superficialidad, sin ningún rigor técnico ni justificación clara, la declaración de las más variadas, dispersas e incluso contrapuestas expresiones culturales como “patrimonio inmaterial” de la ciudad y, en este contexto, perfectamente se podría argüir que los grafitis son “patrimonio cultural inmaterial” de Valparaíso. De hecho, podrían llegar a serlo si primero cumplen con el requisito básico que debe tener una expresión cultural para ser considerada patrimonio cultural inmaterial (el cual se le olvida gravemente al municipio) y es que sea ampliamente conocida y valorada por la comunidad (participación real, no populismo). Es decir, si nos ponemos de acuerdo, si se democratiza la identificación, gestión, acceso y beneficios del patrimonio cultural de la ciudad, si se identifican claramente responsabilidades y deberes asociados, si llegamos a consensos. En definitiva, si nos tomamos el tema realmente en serio.
Enviado por Sebastián Sepúlveda. Publicado originalmente por El martutino