El acuerdo entre Aguas Andinas y Gener para viabilizar Alto Maipo
Texto establece posibilidad de arbitraje ante un incumplimiento, pago por uso de agua con variable de costo marginal y asegura el suministro de agua potable.
Por Miguel Concha, El Mercurio
A fines de enero, la Corte de Apelaciones de Santiago le ordenó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) revelar los detalles del acuerdo suscrito entre Aguas Andinas y AES Gener por la utilización de las aguas del embalse El Yeso para el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.
Días antes de que el convenio sea revelado, “El Mercurio” accedió al documento de 49 páginas firmado el 6 de junio de 2011. En el texto se detallan las obligaciones que tendrá cada empresa en el uso del agua del embalse, las fórmulas de pago que se establecieron por el recurso que utilice la central de 513 MW y los mecanismos que se activan ante un incumplimiento del acuerdo.
Entre los compromisos adquiridos por Aguas Andinas, se señala que el ducto que desviaría el agua del embalse hacia el acueducto Laguna Negra -y que impide la llegada total del elemento a la zona en que lo utilizaría la hidroeléctrica- solo podrá ser usado por la sanitaria en caso de que exista alta turbiedad en las aguas del río Maipo, contaminación en su caudal o excedentes en el embalse. Esto último, para asegurar el suministro de agua potable para los clientes de la sanitaria.
Por el lado de las obligaciones de Gener, esta debe respetar el uso de El Yeso por parte de Aguas Andinas para el abastecimiento de agua potable, velando por la prestación de los servicios de producción y recolección del recurso.
Además, se establece el modelo de pago que se deberá aplicar por el agua de la sanitaria que utilice Gener para su central en la Región Metropolitana. En este se utiliza una fórmula que contempla el pago y que considera, entre otros factores, el agua evacuada desde el embalse El Yeso y los costos marginales del sistema. Este monto deberá ser cancelado cada mes por Gener. Además, la eléctrica también deberá pagar por la energía generada por los caudales de Laguna Negra y Lo Encañado. El documento estipula la posibilidad de un arbitraje en caso de que alguna de las partes decida incumplir el contrato o se genere una controversia o disputa sobre algún punto del convenio.
De llegar a esta etapa, el proceso deberá “ser resuelto exclusivamente y definitivamente mediante arbitraje, de acuerdo con el Reglamento Procesal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago”.
Finalmente, se estipula que el acuerdo tendrá una duración de 40 años y que podría ser inválido, entre otras razones, en caso que Alto Maipo no entre en operaciones antes de 31 de diciembre de 2019.
530 MW
es la capacidad de generación que tendrá el complejo Alto Maipo. La central proyecta dos unidades: Alfalfal II y Las Lajas.
17 kilómetros
es la línea de transmisión que contempla Alto Maipo para conectarse al SIC. La hidroeléctrica inyectará energía directamente a la Región Metropolitana.
US$ 1.600 millones
es la inversión destinada para Alto Maipo . Actualmente, Gener se encuentra en la búsqueda de un socio estratégico para financiar el proyecto que ya inició sus obras tempranas.
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MEDIDA
Aguas Andinas puede utilizar su ducto en El Yeso si el río Maipo presenta contaminación o turbiedad.