Condenan a Celulosa Arauco por daño ambiental a río Cruces
Tribunal concluyó que muerte de cisnes de cuello negro se debió a la extinción del luchecillo, su principal alimento, por defectuosa operación de planta en su fase inicial.
Por F. Álvarez y S. Bustos, El Mercurio
A casi una década de que se registrara una mortandad de cisnes de cuello negro en el Santuario de la Naturaleza del río Cruces, en Valdivia, el Primer Juzgado Civil de esa ciudad condenó ayer por daño ambiental a la Celulosa Arauco y Constitución, acogiendo una demanda del Consejo de Defensa del Estado.
El fallo de primera instancia de la jueza Gloria Hidalgo no solo responsabiliza a la empresa del desastre registrado en 2004, apenas iniciada la operación de la planta ubicada en San José de la Mariquina, sino que también la obliga a concretar medidas de reparación. Solo en la etapa de cumplimiento del fallo se fijará el monto de los perjuicios que deberá pagar la compañía.
Sobre la resolución, Juan Anzieta, subgerente de Asuntos Públicos de Arauco Valdivia, expresó que “lo que corresponde es estudiarla en profundidad una vez que seamos notificados antes de dar nuestra opinión con mayor detalle”.
Mientras que el vocero del Movimiento Ciudadano Acción por los Cisnes, José Araya, calificó el fallo como “histórico”. Y acotó que “es muy importante que la justicia estableciera que Arauco es responsable y, junto con ello, se tenga que hacer cargo del daño e impacto ambiental, social y económico”.
Las responsabilidades
Tras un extenso análisis, que se traduce en 163 páginas y 141 considerandos, la magistrada concluyó que la muerte de los cisnes y el daño ambiental se debieron a la extinción del alga Egeria Densa (luchecillo), principal alimento de estas aves, debido a la operación en su etapa inicial de la planta de celulosa.
“Luego de analizar todas las teorías planteadas, se puede concluir que los procesos químicos, sedimentos minerales o residuos industriales líquidos que utilizó la planta Valdivia, como los insumos necesarios para su proceso productivo y que han vertido al río Cruces, en las etapas de construcción, comisionamiento (marcha blanca) y funcionamiento, en los primeros meses, fue lo que produjo la situación de cambio radical negativo al ecosistema”.
La magistrada habla de un “descontrol operativo” de la planta, recoge como pruebas las sanciones de organismos públicos a Arauco por transgresiones a la ley medioambiental, y resalta que desde 2006, cuando la unidad adecuó su funcionamiento, no hubo más incumplimientos y el humedal se fue recuperando.
La jueza Hidalgo además obliga a la compañía a realizar un estudio sobre el actual estado del humedal dentro de un año y a crear un humedal artificial que reciba el primer impacto de los residuos arrojados, para monitorear el impacto en las especies.
Arauco también deberá efectuar un programa de monitoreo ambiental por no menos de cinco años, crear un centro de investigación de humedales e implementar planes de desarrollo comunitarios relacionados con el Santuario de la Naturaleza.
El historial del conflicto ambiental en Valdivia
1998. Arauco obtiene aprobación para descargas en el río Cruces.
2001. Se inicia la construcción de la planta.
2004. La planta inicia su proceso productivo. Comienzan a morir cisnes de cuello negro.
2005 . CDE demanda a la empresa por daños ambientales.
2011. CDE cuestiona documental de realizador Sergio Nuño que presentó Arauco como prueba.
2013. En enero, la Corte Suprema multa a Arauco con 800 UTM por incumplimientos en la resolución ambiental de 2005. En abril, el juzgado civil de Valdivia llama a conciliación. En mayo, las partes no llegan a un acuerdo, mientras se alistaba el fallo.