Dueños de segunda vivienda y heredadas serían los más afectados con impuesto a la ganancia de capital

Por Marco Gutiérrez y Pamela Ohlbaum, El Mercurio.

Gremios inmobiliarios y expertos tributarios analizaron gravamen incluido en reforma:

Este tributo afecta a la utilidad de la venta de bienes raíces, salvo que el mayor valor obtenido no supere las ocho mil UF y se trate de una propiedad única.

Uno de los cambios que incorpora la reforma tributaria que impulsa el Gobierno es que se deberá tributar por la ganancia de capital que resulte de la comercialización de bienes raíces, salvo que el mayor valor obtenido -ganancia- no supere las ocho mil UF (casi $190 millones) y que se trate un propiedad única en la que habite el vendedor o su familia.

En la práctica, este tributo afectaría, principalmente, a la venta de propiedades de alto valor y también a personas de sectores medios que invirtieron en segundas viviendas o recibieron una propiedad adicional como herencia y que, en algún momento, quieran venderlas por algún apuro o conveniencia.

Esa es la visión que tienen en la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI) y algunos expertos tributarios.

El gerente de Estudios de la CChC, Javier Hurtado, destacó que, en el caso de las transacciones de bienes inmuebles, todas deberán pagar este nuevo gravamen sobre el excedente del valor de compra y venta, salvo que se trate de una residencia única y que la utilidad sea menor a ocho mil UF.

Hurtado señaló como ejemplo que en el sector oriente de la capital, en los últimos diez años, el precio de las viviendas ha subido en promedio 55%. Así, si alguien compró su casa en 15 mil UF hace una década, su precio hoy sería de más de 23 mil UF, por lo que tiene que someterse al impuesto.

El abogado y experto tributario de Cabello, Lentoja & Cía., Juan Pablo Cabello, señaló -tal como dice en el proyecto de ley- que en la venta de viviendas se podrán descontar como costo todas las mejoras que hayan aumentado el valor del bien raíz.

Fuentes expertas indicaron que con relación al pago de este gravamen sobre las ganancias obtenidas por la venta de propiedades, el proyecto de ley de la reforma tributaria considera un mecanismo para amortiguarlo.

Herencia no se escapa

Si la utilidad de la venta de una residencia única heredada supera las ocho mil UF, el excedente de ese valor está afecto al impuesto por ganancia de capital, señaló Hans Caro, socio de RSM Chile Auditores Consultores. Si la transacción involucra a una segunda vivienda heredada, también paga por la utilidad.

“El bien heredado también está afecto a esto, aunque antes ya se haya pagado el impuesto a la herencia. Los impuestos nos siguen hasta la eternidad”, sostuvo el director ejecutivo de la ADI, Vicente Domínguez.

Hurtado afirmó que “este tema se ha discutido, porque la herencia son bienes por los cuales quien los generó, un padre por ejemplo, ya pagó impuestos sobre ellos. Por lo cual, ¿qué sentido tiene que la familia que los toma como herencia pague impuestos otra vez?”.

Domínguez agregó que el rendimiento del tributo a la ganancia de capital por venta de bienes raíces sería bastante bajo, por lo que aplicarlo “es comprarse un problema con un grupo social” que tendrá problemas con estos ingresos.

El titular de la ADI aseguró que existen situaciones que se deben aclarar respecto de lo que se considera vivienda propia para aplicar el tributo, ya que, por ejemplo, existen personas divorciadas que por esa condición se ven obligadas a quedar registradas con dos residencias.

En el mercado comentaron que este gravamen pondrá freno a quienes compran casas o departamentos usados para luego venderlos.

”Esto afecta a ahorrantes de sectores medios que han querido complementar su pensión con inversión inmobiliaria”.

VICENTE DOMÍNGUEZ

DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADI

”¿Qué sentido tiene que la familia que los toma como herencia (bienes raíces) pague impuestos otra vez?”.

JAVIER HURTADO

GERENTE DE ESTUDIOS DE LA CCHC

”Si entre la compra y venta transcurrió menos de un año, la utilidad se afectará con impuesto de primera categoría, de 25%, y de global complementario”.

NICOLÁS ULLOA

SOCIO ÁREA ASESORÍA LEGAL Y TRIBUTARIA DE PWC

Cómo opera el tributo a la sucesión en Chile

Las herencias en Chile son gravadas con un impuesto específico que en el extremo -más de 1.200 UTA, unos $597 millones- llega hasta el 25%. Según expertos este gravamen es ineficiente por su baja recaudación que llegaría a solo 2,7% del total de los ingresos tributarios anuales.

La ley establece que los familiares más directos (cónyuges, hijos y padres) pueden acceder a una exención de 50 UTA.

En los últimos años, expertos han señalado que el impuesto de herencia, a veces, fuerza a las familias a vender los bienes que reciben por vía de sucesión, para poder pagar los tributos correspondientes. Esto sería menos problemático para personas de altos ingresos. Los partidarios de mantener este impuesto sostienen que ser beneficiado por una herencia o legado constituye una transferencia de riqueza que justifica su aplicación.

Experiencias internacionales demuestran que países preocupados del empleo y de la mantención de valor en su economía, han derogado o reducido sustancialmente este impuesto, cuando se refiere a la transmisión de bienes. Es el caso de Francia y España, entre otros.

Debate en el Congreso

Su preocupación sobre el efecto que tendrán en la clase media los cambios en viviendas contenidos en la reforma tributaria, expresaron los diputados de la Comisión de Hacienda en el debate del proyecto en particular.

El ministro de Hacienda, Alberto Arenas, aclaró cuándo se pagará impuesto por la venta de la casa propia: “Cuando la ganancia por la transacción sea superior a ocho mil UF”.