Tribunal Ambiental de Santiago acumulará causas de Hidroaysén

hidroaysenPor Francisco González, La Tercera.

Corte Suprema zanjó disputa entre el tribunal capitalino y su par de Valdivia.

La Corte Suprema puso fin a la disputa que enfrentó al Segundo y Tercer Tribunal Ambiental, respecto de la competencia de estas instancias para acumular las causas pendientes relacionadas al proyecto hidroeléctrico Hidroaysén.

De manera unánime, la primera sala de febrero del máximo tribunal decidió que será el Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, el que deberá acumular las causas respecto a dicho proyecto, propiedad de las eléctricas Endesa y Colbún.

Un “incidente de acumulación previo” es el principal argumento de la Suprema para resolver la disputa de competencia planteada por el Tercer Tribunal Ambiental, con base en Valdivia.

“Ante esta Corte no ha podido ser planteada tal contienda de competencia, pues no existe la controversia sobre la que el Tercer Tribunal Ambiental requiere pronunciamiento”, señala el fallo emanado desde la Suprema.

El documento agrega que existe una sentencia del Segundo Tribunal Ambiental, que previa conformidad de ambas partes, accedió a la acumulación de causas. “Encontrándose, por tanto, resuelto por una sentencia ejecutoriada la acumulación de ambos recursos de reclamación, no es posible promover a través de este incidente una nueva discusión sobre tal aspecto”, sentenció la Suprema.

Antecedentes

El fallo recordó que fue la propia firma a cargo del proyecto la que solicitó al Segundo Tribunal Ambiental la acumulación de causas que estaban en Valdivia.

La sentencia emanada desde la Suprema agregó que incluso el mismo Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estuvo de acuerdo en la acumulación de causas.

En efecto, tras ese hecho, y con fecha 27 de octubre del año pasado, el tribunal capitalino accedió a acumular las causas. Una vez ejecutada esta resolución, procedió a notificar a su par valdiviano y le solicitó inhibirse de seguir en conocimiento de antecedentes del caso.

Sin embargo, el pasado 2 de diciembre de 2014, el Tercer Tribunal Ambiental resolvió establecer un “no ha lugar” a la solicitud de inhibición planteada por su símil con sede en Santiago, y remitir a la Corte Suprema la decisión sobre la instancia judicial a la que le correspondía recibir las reclamaciones pendientes en contra del proyecto.

Entre los argumentos del tribunal sureño para oponerse a la solicitud de Santiago estaban que esta “adolece de defectos que afectan su legalidad”, lo que le impediría dar cumplimiento a la resolución, además, por su “carencia de fundamentación”.