Hacienda ratifica cambios en renta, IVA a construcción y norma antielusión
Régimen semi integrado será norma general para empresas cuyos dueños son otras compañías. Viviendas con subsidio estatal y promesas de compraventa estarán exentas de impuesto.
Aunque se esperaba que esta semana ingresara al Congreso el proyecto de ley que simplifica la reforma tributaria, el Ministerio de Hacienda anunció ayer que ello se materializará a inicios de la siguiente. El texto, que tendrá urgencia simple, abordará tres temas que ya se habían anticipado: sistema de impuesto a la renta según tipo de empresa, alcances del IVA a la compraventa de bienes raíces, y funcionamiento de la norma antielusión.
El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, tras reunirse con miembros de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja dijo que espera que la iniciativa “el martes comience su trámite”.
Los tres temas
El primero de los tres puntos del proyecto, que tendría unas 60 páginas de extensión, buscará evitar las complejidades derivadas de la interacción de los sistemas semi integrado y el de renta atribuida en una misma cadena de sociedades.
Así, el sistema semi integrado -con tasa de primera categoría de hasta 27% y crédito tributario del 65% sobre el global complementario- será la norma única para empresas que tienen a personas jurídicas (otras compañías) dentro de sus propietarios. La renta atribuida -con impuesto corporativo de 25% y crédito de 100%- será opcional para las firmas simples, en las que personas naturales contribuyentes del Impuesto Global Complementario sean socios, propietarios o accionistas; y también para no residentes contribuyentes del Impuesto Adicional.
Según Valdés, con esto el 90% de las firmas podrá optar entre el sistema semi integrado o de renta atribuida, y el 10% restante deberá acogerse obligatoriamente al sistema semi integrado. “Las empresas que son sociedades anónimas van a usar sólo el sistema de renta semi integrada”, declaró Valdés.
El proyecto plantea también una serie de medidas para facilitar el cumplimiento tributario en ambos regímenes. Entre ellas, la reducción del número de registros contables y la simplificación de la imputación de los créditos por rentas del exterior.
El segundo punto que abordará la iniciativa legal se refiere al cobro de IVA a la comercialización de bienes raíces, que parte en 2016. En este sentido, todas las compras de viviendas que cuenten con un subsidio del Ministerio de Vivienda no pagarán dicho impuesto, incluyendo a las operaciones de leasing. Además, estarán exentas las promesas de compraventa, independientemente del año en que se hayan firmado.
Otras de las modificaciones apuntan a que las constructoras tendrán derecho al crédito especial del IVA (de 65%) en el caso de la venta de viviendas con subsidio -lo que incluye viviendas cuyo valor de construcción alcance hasta las 2.200 UF (unos $ 56 millones)-, y que en operaciones de leasing el pago de la cuota que corresponda a intereses no estará afecta a ese impuesto. Ello para asimilarlo al tratamiento de un crédito hipotecario.
Por último, la propuesta legal establecerá que la Norma General Antielusión se aplicará respecto de los negocios realizados o concluidos a partir de la vigencia de esa disposición, es decir, desde el 30 de septiembre pasado. Con todo, se subraya que esto se hará “tomando los resguardos necesarios para evitar que esta precisión se constituya en una ventana de potencial elusión”, señaló Hacienda.