Condenan al fisco a millonaria indemnización por 27-F
Por L. Olivares, C. Carvajal, A. Barría.
Horas antes de conocerse sentencia de la Corte de Apelaciones:
Juez civil dijo que no es cierto que Onemi y SHOA tuvieran información precaria o confusa, y los culpó de “falta de servicio”, en el caso de 21 víctimas.
En un rápido sondeo, la mayoría de los intervinientes en el caso 27-F estimaba que hoy la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmaría el dictamen de la jueza Carolina Gajardo, quien aprobó la suspensión condicional del procedimiento penal. De manera que ahora sí, según piensan, será definitivo que no habrá juicio oral por las responsabilidades penales de las muertes en el maremoto, tras seis años de investigación.
En la víspera de esta resolución, el 22º Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado a pagar una indemnización de mil 840 millones de pesos en total a 74 familiares de 21 víctimas. La abogada demandante, Olga Prieto Vera-Cruz, que actuó junto a Emilio Carreño (ambos del mismo estudio del abogado Alfredo Morgado, que llevó la parte penal de las mismas víctimas), había pedido una indemnización total de 10.600 millones de pesos por concepto de daño moral a fines de 2013.
Hasta la fecha ha habido 63 demandas civiles indemnizatorias y hay 40 causas en tramitación. De ellas, cuatro han llegado a la Corte Suprema y en un solo caso el máximo tribunal se pronunció a favor de los demandantes.
El fallo del 22º Juzgado Civil de Santiago es el que ha involucrado a un mayor número de víctimas (21) y familiares (74). En él, el juez Pedro García Muñoz estableció la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA).
En cuanto a la Onemi y la zona de Juan Fernández, el magistrado dice que no es efectivo que la información con la cual se disponía en ese minuto era precaria o confusa, puesto que, por una parte, tenía la alerta de tsunami transmitida al CAT (Centro de Alerta Temprana) y, como respaldo, el primer boletín del Pacific Tsunami Warner Center que a las 3:46 hora de Chile alertaba de un posible maremoto en las costas chilenas. Con esa información “debió haber emitido alerta roja y haberla comunicado a quienes por protocolo estaba obligada a hacerlo”: Carabineros, zonas navales, etc.
Respecto del SHOA, el dictamen dice que este, habiendo emitido una alerta de tsunami entre las 3:51 y las 5:10, debía necesariamente comunicarla, dice el magistrado. No llegó la notificación a la Armada porque hubo problemas para comunicarse con la capitanía de puerto. Sin embargo, indica, “el retén de Robinson Crusoe estuvo disponible para recibir la alerta y no se le comunicó”. Con lo cual hubo ahí una conducta “culposa”. Igual que en Talcahuano y Tomé, donde hasta las 05:55 horas se informó que no existía riesgo de tsunami .
El presidente del CDE, Juan Ignacio Piña, dijo que ante un evento de la magnitud del 27-F, “imposible de prever y resistir”, no hubo falta de servicio y que lo más probable es que se apele.