Fiscalía: faltan elementos objetivos para elevar castigos por rayados
En área patrimonial de Valparaíso
Para Rodrigo Yáñez se debe acreditar dolo para aplicar la Ley de Monumentos.
Ayer debía tener lugar el juicio simplificado contra dos grafiteros que, la madrugada del 28 de octubre pasado, fueron grabados cuando rayaban la sede del Registro Civil de Valparaíso, en la Zona Típica del barrio histórico. Pero ni el ancuditano Darío Velásquez Chacón ni el argentino Rodolfo Minz -los acusados- se presentaron.
El fiscal Rodrigo Yáñez y la abogada del Consejo de Defensa del Estado, Luciana Rosales, habían acordado pedir recalificar la causa desde daños simples a infracción a la Ley de Monumentos Nacionales, cuyo artículo 38 contempla penas entre tres y nueve veces más severas, y multas entre cinco y doce veces mayores.
La iniciativa se frustró por la ausencia de los imputados, pero Yáñez admitió que es complejo aplicar en estos casos la Ley 17.288, pese a que la comuna contempla 30 inmuebles, numerosos monumentos públicos, y 23 hectáreas de casco histórico protegidos por ese texto legal.
“No hay duda que el Registro Civil es un edificio público, pero de ahí a asumir que es Monumento Nacional e imputarle a una persona que lo sabía, es difícil”, aseveró. “No hay elementos objetivos al momento del control”, agregó, y señaló que los partes de carabineros no especifican si el daño fue o no en un monumento histórico, y que a su juicio no se trata de una información fácil de obtener.
El municipio discrepa de la idea de señalizar monumentos y zonas típicas para facilitar la persecución penal. Su asesora jurídica, Jeanette Bruna, dijo que la jurisprudencia indica que no es necesario acreditar dolo.
Precedente
Juicio oral condenó en 2015 por Ley 17.288 a autor de rayados en la catedral de Santiago.