Las insólitas, obsoletas y exclusivas ordenanzas municipales que rigen entre Arica y Magallanes
Por Mario Rojas y equipo de Regiones.
No hable fuerte ni amarre bicicletas en los árboles:
Los infractores se exponen a multas de hasta $229.535 si molestan tortugas, lavan ropa en piletas o tienden ropa que se vea desde la calle.
Cada día, chilenos y extranjeros, residentes y turistas que visitan el país, entre Arica y Magallanes, de cordillera a mar, incluyendo territorio insular, ponen a prueba su cultura cívica o bien arriesgan multas de hasta cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $229.535, si no lo hacen.
La causa son las numerosas y variopintas ordenanzas municipales que rigen en distintas regiones, algunas incluso desde hace casi un siglo. Las hay insólitas y las hay también exclusivas de algunas ciudades.
En Iquique, por ejemplo, una modificación realizada en enero pasado a una ordenanza de contaminación ambiental prohíbe “después de las 23:00 horas las discusiones o conversaciones en alta voz, sostenidas por personas estacionadas frente a casas”.
Tampoco se permiten bandas de música en la vía pública, salvo que se trate de las FF.AA. y de Orden, o que tengan un permiso especial. Y los vendedores de gas no pueden hacer sonar el cilindro en las calles para ofrecer su producto.
Una especie de polígono para el ejercicio del comercio sexual ha generado protestas de trabajadores de ese sector en el concejo municipal. Desde ese último organismo se presentó una denuncia en Contraloría por tratarse de una prohibición inconstitucional, pero solo para la normativa que afecta a los vendedores de gas.
Más de 300 km al norte, en Arica, la preocupación se centra en cuidar animales acuáticos. La “Puerta Norte” es desde octubre de 2014 la única comuna donde rige una ordenanza que protege a las tortugas marinas. Estas viven, se alimentan o están de paso en una playa a 2 km del Morro.
No se les puede dañar o molestar con vehículos en la playa, como tampoco pernoctar ni hacer fogatas.
En Punta Arenas no se respeta la prohibición de circular en bicicleta o patineta en la Plaza de Armas. Tal vez porque inspectores municipales y carabineros tampoco infraccionan a ciclistas y acróbatas de patinetas.
Otra plaza, la de La República, en Valdivia, está vedada para patines y bicicletas. Incluso está prohibido bañarse y lavar ropa en piletas. Y en Castro, Chiloé, no se pueden hacer acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas o patines afuera de zonas demarcadas. Ahí las necesidades fisiológicas hay que hacerlas en baños públicos. Nunca sobre un área verde.
En plazas, parques y jardines de Copiapó está prohibido practicar fútbol u otros deportes. Tampoco amarrar animales, bicicletas o carretones de mano al tronco de un árbol o arbusto, y se prohíbe sacudir alfombras o tender ropa en ventanas, puertas, balcones y antejardines, que puedan ser vistos desde la calle.
Casi 600 km al norte, en Antofagasta, una ordenanza vigente desde 1930 regula horarios y paso de vehículos para sacar la basura desde corralones municipales. “En ese tiempo eran carretas tiradas por mulas las que retiraban la basura, algo que demoraba muchas horas”, explica Héctor Ávalos, secretario municipal con 47 años de trabajo en la casa consistorial.
Y en Concepción rige desde el 1 de julio pasado una de las ordenanzas más recientes, que sanciona con entre 1 y 3 UTM ($45.907 a $137.721) a los clientes que compran en el comercio ambulante ilegal. Hasta ahora van unos 25 infraccionados.
$91.814
debe pagar de multa un vendedor de gas, u otra persona, que haga sonar un cilindro en Iquique.
50 mil
visitas recibió Antofagasta (1987) cuando se autorizó acampar por 8 días en terrenos junto al mar.
$144
mil es la máxima multa por realizar alguna actividad recreativa en un área verde de la ciudad de Copiapó.